FALSA DENUNCIA
Un hombre pasa once meses en prisión por ocho denuncias falsas por maltrato
La mujer se autolesionaba según el auto del juez basado en pruebas forenses
No pudo cometer los delitos porque no encontrarse en el lugar de los supuestos hechos
El juzgado de Violencia Doméstica de Sevilla ha archivado la causa contra un hombre que pasó 11 meses en prisión preventiva por ocho denuncias de maltrato presentadas por su mujer porque ha logrado demostrar que no pudo cometer las presuntas agresiones por no encontrarse en lugar de los supuestos hechos, entre otros motivos. El juez no solamente ha archivado la causa contra el denunciado, un vecino de la localidad sevillana de La Rinconada de 39 años, sino que ha deducido testimonio por un delito de denuncia o acusación falsa contra la supuesta víctima.
La mujer presentó ocho denuncias por agresiones entre diciembre de 2005 y abril de 2008 y acudió a numerosos programas de televisión para denunciar su situación. Vídeo: Informativos Telecinco
La mujer presentó ocho denuncias por agresiones entre diciembre de 2005 y abril de 2008 y acudió a numerosos programas de televisión para denunciar su situación y solicitar protección. Sin embargo, en el auto que cierra la causa, se explica que el acusado no pudo cometer algunas de las agresiones por estar fuera de Sevilla. En una de ellas, producida supuestamente el 8 de marzo de 2007, se encontraba en prisión. José Antonio Santos aseguraba esta misma mañana estar "muy contento" por salir de prisión.
Fernando Retamar, abogado defensor del denunciado, ha lamentado que su cliente haya pasado once meses en prisión preventiva debido a estas falsas denuncias, pese a los numerosos testimonios que tenía a su favor, entre ellos 1.200 firmas de apoyo de sus vecinos en La Rinconada (Sevilla). Dice el juez que no solo hay dudas sobre la forma en que se produjeron los hechos denunciados, sino por la "evidente falta de verosimilitud de la denunciante".
El auto se basa en el informe forense sobre la agresión supuestamente ocurrida el 21 de enero de 2008, en el que se recoge que las lesiones de la mujer "están todas situadas en la cara anterior del cuerpo, zonas accesibles para la interesada". Además, las heridas que presentaba en el cuello "son difícilmente producidas en una situación de forcejeo, las del antebrazo y muslo son paralelas, difícilmente producidas en una situación de forcejeo en que dos personas se están moviendo continuamente y mantienen posiciones diferentes".
Por ello, el forense concluía que "no se puede descartar la característica autolesiva de las lesiones descritas", según recoge el auto, que además se refiere a que el acusado estuvo ese día localizado en Umbrete (Sevilla), según certificó la Policía. El 12 de junio de 2007 R.V.D. presentó otra denuncia contra la madre de su compañero que también concluyó con una sentencia absolutoria en el juzgado de instrucción 13 de Sevilla, añade el juez.
Además, un informe de la Unidad de Valoración Integral del Daño (UVIG), especializada en violencia de género, dio cuenta del "escaso grado de verosimilitud de las denuncias presentadas por la perjudicada" pues su testimonio "tiene poca veracidad, destacando su inconsistencia, las contradicciones y la escasa concreción de su relato". El afectado ha anunciado que va a presentar a su vez una demanda por los daños y perjuicios causados para que su ex compañera "pague la parte del daño que ha causado", ya que cuando estuvo en la cárcel perdió su trabajo y le ha costado encontrar otro. CGS